miércoles, 30 de noviembre de 2011

Corporación de Abogados Católicos considera inadmisible proyecto de ley a tratar en la Cámara de Diputados

Miércoles, 30 de Noviembre de 2011 22:58
(AICA) La Corporación de Abogados Católicos consideró “inadmisible” el proyecto de ley sobre “Técnicas de Reproducción Humana Asistida” que la Cámara de Diputados de la Nación prevé tratar hoy en un plenario, por lo que solicitó “su inmediato archivo”.
 “Sin perjuicio de la valoración negativa que nos merecen los procedimientos de procreación asistida, impugnamos la posibilidad de que se admita la donación de gametos, así como de embriones –que constituyen una persona humana desde la fecundación del óvulo por el espermatozoide-, como asimismo el hecho de permitir la crioconservación y el descarte de estos últimos luego de un determinado período de tiempo, y de no establecer un límite máximo de ovocitos a inseminar y de embriones a transferir a la mujer, como tampoco un límite máximo de edad por parte de la mujer que en el Proyecto se menciona como beneficiaria de la técnica”, dijeron en un comunicado.
Asimismo, cuestionaron “el hecho de que la deficiente redacción de varios de los artículos del proyecto puede dar lugar a interpretaciones encontradas, fundamentalmente con relación a la filiación de los nacidos por el uso de estas técnicas y, como consecuencia, a su identidad, que constituye un derecho protegido por la Convención sobre los Derechos del Niño, que tiene jerarquía constitucional y que establece como pauta prioritaria el interés superior del niño, que por aplicación de las normas proyectadas podría verse vulnerado”.
El comunicado lleva la firma del presidente de la Corporación, doctor Eduardo A. Sambrizzi, y del secretario, doctor Cosme Maria Beccar Varela.


Una inadmisible donación de embriones humanos
Los doctores Nicolás Lafferriere y Leonardo Pucheta, del Centro de Bioética, Persona y Familia, advirtieron sobre la “inconstitucionalidad” del proyecto de ley por “incluir una inadmisible ‘donación’ de embriones humanos que resulta contraria a la dignidad de los concebidos y a su derecho a la identidad”, “permitir la donación de gametos, de modo que se vulnera el derecho a la identidad de los niños concebidos”, y “generar dos categorías de niños, con derechos diferenciados según sea el modo de su concepción”.
Asimismo, señalaron que “las técnicas de fecundación artificial conllevan, tal como lo señalan las estadísticas, una alta probabilidad de muerte para los embriones concebidos. Ello sería suficiente para juzgar inconvenientes a dichos procedimientos. Ahora bien, como principal defensa se arguyó que tales técnicas vendrían a solucionar los problemas de infertilidad de parejas constituidas que desean tener un hijo”.
Tras indicar que “hoy los argumentos son bien distintos. Se ha corrido el foco centrándose ahora en un presunto ‘derecho a ser padre o madre’ o ‘derecho al hijo”, consideraron que “tal derecho no existe, pero incluso si se lo aceptara, nunca podría ser invocado cuando se pusiera en riesgo la vida o la salud de una persona inocente e indefensa”.
“Por ello -alertaron, si bien puede deducirse cuál es el juicio jurídico y bioético sobre todas las técnicas de fecundación artificial, las técnicas heterólogas se presentan en clara contradicción con el ordenamiento jurídico argentino de orden interno e internacional, vulnerando el derecho a la vida y el derecho a la identidad de los embriones, entre otros”.
Informes:
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martes, 15 de noviembre de 2011

La despenalización del aborto no reduce la tasa de mortalidad materna

Habitualmente se repite con insistencia que es necesario despenalizar el aborto para que disminuya la mortalidad de las mujeres embarazadas. Si bien a primera vista esta premisa puede parecer lógica, cabe preguntarse si es comprobable en la realidad. Para eso comparamos la tasa  de  mortalidad materna de 181 países con las legislaciones respectivas en lo referente a la penalización y despenalización del aborto, y observamos que no sólo no puede comprobarse que la despenalización del aborto signifique una reducción en la mortalidad materna, sino que en gran cantidad de casos se observa justamente lo contrario.
• EUROPA: Así, haciendo un rápido muestreo  podemos observar en Europa que tanto Malta como Irlanda tienen tasas de mortalidad materna de 8 y 6 muertes por cada 100.000  nacidos vivos respectivamente -tasas de las más bajas del mundo-, siendo países en los que el aborto está totalmente penalizado. Polonia a su vez con leyes y políticas muy restrictivas (recordemos que en ese país el aborto es penalizado en el año 1993) ostenta una tasa de mortalidad materna de 6 por cada 100.000 nacidos vivos,  disminuyendo las muertes maternas desde  1990  a 1996 de 70 a 21. De  1993 a 2005, por otra parte, las muertes fetales disminuyeron un 49,6%.
En el otro extremo del arco, países como Noruega y Dinamarca, que tienen despenalizado el aborto en todas las situaciones, hace más de dos décadas que luchan infructuosamente por reducir la mortalidad materna, la cual incluso se ha incrementado en la última década. El Reino Unido y Finlandia tampoco han logrado bajar la mortalidad materna en los últimos 18 años a pesar de  tener leyes no restrictivas en cuanto al aborto.
• La situación en ÁFRICA: Podemos observar esta misma relación en todos los continentes. Así por ejemplo, en África tenemos a países como Mauricio que tiene el aborto penalizado prácticamente en todos los casos y una tasa de mortalidad materna de 36 por cada 100.000 nacidos vivos, muy inferior a países de la región como Nigeria, que ha despenalizado ampliamente el aborto y su tasa de mortalidad materna ronda las 840 muertes de madres por cada 100.000 nacidos vivos. O Liberia, con legislación semejante a Nigeria y una tasa de  mortalidad materna de  859 /100.000.
• ASIA: En Asia podemos observar un fenómeno similar. Países como los Emiratos Árabes Unidos, Brunei u Omán, tienen una tasa de mortalidad materna de 10, 21 y 20 muertes maternas por cada 100.000 nacidos vivos, al tiempo que su legislación penaliza el aborto. En cambio, La India,  Nepal o Bangladesh tienen tasas de mortalidad materna de respectivamente 230, 380 y 338 muertes de mujeres por cada 100.000 nacidos vivos, y políticas de amplia permisividad del aborto.
• AMÉRICA LATINA: Por otro lado en América Latina el menor índice de mortalidad materna se encuentra en Chile -26/100.000- disminuyendo un 87,9% la tasa de mortalidad materna desde que el aborto fue penalizado en el año 1989, desde 13,72 a 1,65 por 100.000 nacidos vivos.  El riesgo  absoluto de muerte por aborto en Chile, excluyendo el embarazo ectópico, es de una en dos millones de mujeres en edad fértil, 0,045 por 100.000 nacidos vivos, una cifra mínima, comparable a la de los países desarrollados. En tanto Cuba, con una política de aborto sin restricciones desde hace décadas, tiene una tasa de mortalidad materna de 53 defunciones por cada 100.000 nacidos vivos, doblando la de Chile. Podemos también observar que Guyana, que ha liberalizado el aborto  desde el año 1996, tiene una tasa de mortalidad materna 30 veces superior a la de Chile
• NORTEAMÉRICA: A su vez, EEUU con el aborto prácticamente despenalizado, ha mantenido durante la década de 1980 y de 1990 los mismos índices de mortalidad materna, sin poder reducirlos pese a las políticas liberatorias del aborto aumentadas en el año 2000. A partir de entonces, viene duplicándose en ese país la mortalidad materna durante el embarazo y el puerperio, según la investigación “Maternidad: peligro de muerte”. Canadá, país que tiene el aborto despenalizado en todos los casos, después de dos décadas de no haber podido bajar sus índices de mortalidad materna, ha aumentado sus índices en la última década.
• Conclusiones:
Es éste un rápido análisis de la relación entre disminución de la mortalidad materna y despenalización del aborto. Intentamos verificar si se daba efectivamente esta relación  y observamos, en base al estudio de los datos obtenidos de la base de datos de la OMS, Banco Mundial, Unicef y The Lancet, que efectivamente esta relación no se cumple sino que lo que caracteriza a los países que tienen una baja tasa de mortalidad materna es un incremento de la educación integral tanto del varón como de la mujer, acceso a las facilidades de salud materna, atención médica del parto, cobertura de agua potable  junto con una legislación que protege al mismo tiempo a la madre y a la vida del niño por nacer, prohibiendo o restringiendo fuertemente el aborto inducido.
La relación entre aborto y mortalidad materna se debería a estos factores:
a)   Las clínicas abortivas LEGALES tienen pésimas condiciones de higiene y causan severos daños y problemas a las mujeres (incluso muerte). ¿Qué otra cosa se puede esperar de los mercaderes de la muerte?:
b)   Está demostrado científicamente que las mujeres que han tenido un aborto quirúrgico (en países donde es legal) lleva a que el siguiente embarazo BUSCADO tenga severas complicaciones para ella y el niño (incluso prematurez, abortos espontáneos, etc.).
Fuente:  
http://www.centrodebioetica.org/ 
A continuación se ofrece un video ilustrativo de un aborto, con imágenes muy crudas y reales que pueden herir la sensibilidad de algunos (por eso hacemos la advertencia).

Meditación breve
“Una sociedad que no asegura la vida de los no nacidos es una sociedad que vive en una seria violencia interna respecto de su misión fundamental: proteger y promover la vida de todos”. Expresó el secretario general y portavoz de la Conferencia Episcopal Española y obispo auxiliar de Madrid, monseñor Juan Antonio Martínez Camino.
“El aborto provocado es un acto intrínsecamente malo que viola muy gravemente la dignidad de un ser humano inocente, quitándole la vida”, dijo. Asimismo hiere gravemente la dignidad de quienes lo cometen, dejando profundos traumas psicológicos y morales.
Ninguna circunstancia, por dramática que sea, puede justificarlo. No se soluciona una situación difícil con la comisión de un crimen. Hemos de reaccionar frente a la propaganda que nos presenta el aborto engañosamente como una intervención quirúrgica o farmacológica más, higiénica y segura; o como una mera “interrupción” de un embarazo no deseado, cuya ejecución legal constituiría una “conquista” de libertad que permitiría el ejercicio de un supuesto derecho a la autodeterminación por parte de la mujer.
Estas falsas argumentaciones nunca podrán ocultar la cruda realidad del aborto procurado que, aun siendo higiénico y legal, constituye siempre un detestable acto de violencia que elimina la vida de un ser humano. La Iglesia, como experimentada pedagoga, ante este crimen, maquillado como un supuesto logro moderno y oculto bajo eufemismos y en ámbitos privados, alerta acerca de su gravedad determinando la excomunión para todos aquellos que colaboren como cómplices necesarios en su realización efectiva.

(Recibido de un grupo pro vida salteño)

domingo, 13 de noviembre de 2011

Martes 15 de noviembre - 18 hs. - Plaza de la Legislatura (Mitre y Leguizamón) - Marcha de apoyo a los Legisladores salteños contra la despenalización del aborto

EL PROXIMO MARTES 15 DE NOVIEMBRE A LAS 18 HORAS
EN LA PLAZA DE LA LEGISLATURA (MITRE ENTRE RIVADAVIA Y LEGUIZAMÓN, SALTA),
MARCHA APOYANDO A LOS DIPUTADOS SALTEÑOS
PARA QUE TRATEN Y SE JUEGUEN
POR UNA DECLARACIÓN A FAVOR DE LA VIDA
Y EN CONTRA DE LAS LEYES DE DESPENALIZACIÓN
QUE ESTÁN QUERIENDO TRATAR EN EL CONGRESO NACIONAL!!
LA CONSIGNA ES QUE NO FALTE NADIE!!

viernes, 11 de noviembre de 2011

Yerba Buena: flamantes concejales presentan proyecto en defensa del niño por nacer

Flamantes concejales presentan proyecto contra el aborto

Yerba Buena (Tucumán), 11 Nov. 11 (AICA)



A dos días de haber asumido sus mandatos en el Concejo Deliberante de la ciudad tucumana de Yerba Buena, Juan Pablo Berarducci y Javier Jantus, concejales del bloque “Por Yerba Buena” (PYB), presentaron un proyecto de ordenanza en contra del aborto, dejando sentado que de acuerdo con disposiciones constitucionales (Nacional y Provincial) el Municipio es autónomo y tiene competencia y responsabilidad directa en lo que ocurre en las dependencias que están bajo su gobierno, y que la comunidad de Yerba Buena se manifestó a través de numerosas organizaciones civiles del medio en una posición favorable al derecho humano fundamental de la vida.

     El proyecto está fundamentado en el ordenamiento jurídico de la República Argentina y la Constitución Provincial de Tucumán, que reconocen y garantizan el derecho a la vida de todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural.
     La iniciativa es en respuesta a la distribución que realizan diversos centros de atención de la salud de la provincia de Tucumán, como el Centro Asistencial Carrillo, de Yerba Buena, de la llamada píldora del día después de efectos abortivos. Distribución que se contrapone al ordenamiento jurídico actual sobre el derecho a la vida.
     Así, busca sancionar la protección integral de los derechos de las mujeres embarazadas y de los niños por nacer, como suspender en todas las dependencias municipales la aplicación de estos programas en detrimento de la vida.
El proyecto de Ordenanza     En su primer artículo la ordenanza manda “garantizar la protección integral de los derechos de las mujeres embarazadas y de los niños por nacer que se encuentren en la jurisdicción de este municipio, así como el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos que se les reconocen en el ordenamiento jurídico nacional, de conformidad con lo que establece el artículo 75 de la Constitución Nacional”.
     “Se entiende por ‘niño por nacer’ a todo ser humano desde el momento de la concepción (fertilización del óvulo), hasta el de su efectivo nacimiento”.
     A este niño por nacer “se le garantizará la igualdad de oportunidades y a ser protegido contra cualquier tipo de discriminación o selección en razón de su patrimonio genético, etapa de su desarrollo, características físicas, biológicas o de cualquier otra índole”.
     Tampoco será discriminado “a causa de las circunstancias de su concepción o las cualidades o características de sus progenitores y familiares”, y “se considera particularmente agraviante, lesivo y discriminatorio que se califique a los niños por nacer como ‘deseados’ o ‘no deseados’.
     Por el artículo 2 “se suspenderán en forma inmediata y sin dilación alguna en todas las dependencias municipales la aplicación de programas o la realización de acciones que produzcan en forma directa o indirecta la muerte del niño por nacer”, como también se declara “nulo de nulidad absoluta todo convenio, compromiso o adhesión que a la fecha tenga vigencia o que en el futuro se protocolice que atente contra la vida naciente”.
     El artículo 3º dispone “prohibir el uso, la distribución, difusión o promoción en el Centro asistencial Carrillo o cualquiera otra dependencia municipal del principio activo levonorgestrel 1,5 miligramos o la llamada “píldora del día después” o “anticonceptivo de emergencia” en cualquiera de sus formas comerciales, por su efecto abortivo y atentatorio contra la vida del niño por nacer”.
     Por el artículo 4º se dispone “promover actividades de difusión, información y educación, tendientes a resaltar la importancia de preservar la vida desde la concepción hasta su muerte natural”, para lo cual el Municipio de Yerba Buena podrá “requerir de la asistencia técnica de organizaciones sociales, culturales y religiosas que promuevan de un modo habitual el derecho humano a la vida”.
Fundamentos
     Los concejales Jantus y Berarducci fundamentan su proyecto en primer lugar en el conocido fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ordenó al Estado Nacional que deje sin efecto la autorización, prohibiendo la fabricación, distribución y comercialización del fármaco "Imediat", en razón de que éste posee efectos abortivos al impedir el anidamiento del embrión en su lugar propio de implantación, el endometrio.

     Luego señalan que el ordenamiento jurídico vigente en la República Argentina reconoce y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano desde su concepción hasta la muerte natural, y que esos dispositivos constituyen Ley Suprema de la Nación, en los términos del artículo 31 de la Constitución Nacional, debiendo las autoridades nacionales, provinciales y municipales conformarse a ellos. Máxime cuando, como en este caso, se trata de la efectiva vigencia del derecho humano fundamental a la vida, frente al cual, en palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “no son admisibles enfoques restrictivos”.
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Nota: los Concejales Jantus y Berarducci actúan también en la Red Federal de Familias


 

jueves, 10 de noviembre de 2011

El Senado de Salta por unanimidad pide a sus legisladores rechazar terminantemente todo proyecto de despenalización del aborto

Notivida, Año XI, Nº 789, 10 de noviembre de 2011
Senado de Salta
EL SENADO DE SALTA A FAVOR DE LA VIDA
Por unanimidad, los senadores provinciales le pidieron a los legisladores nacionales por Salta que rechacen la despenalización del aborto
A instancias del senador Luis Francisco D´Andrea se aprobó por unanimidad en la sesión del día de la fecha, un proyecto de declaración en el que el Senado provincial le pide a los legisladores nacionales por Salta que “arbitren todos los medios necesarios a fin de rechazar terminantemente el/los proyecto/s de ley sobre la despenalización del aborto”. Le solicitan simultáneamente que promuevan “medidas de acción positiva en favor de la madre y el niño desde la concepción, especialmente en situación de desamparo”.
Entre otras cosas, en los fundamentos del proyecto de D´Andrea se lee: “hay ciertas cuestiones trascendentales que se tornan debatibles en el seno de la sociedad que, por falta de educación o por la manipulación dolosa de conceptos, han causado en el orden natural grandes tragedias humanas. Una de esas cuestiones es lo concerniente al Aborto, vale decir, de lo que respecta al asesinato de la persona por nacer, del crimen que elimina a la criatura más indefensa que existe (aún más vulnerable que un recién nacido), porque el ‘embrión dentro del seno materno es lo más inocente en absoluto que se pueda imaginar…pues es débil e inerme, hasta el punto de estar privado de aquella mínima forma de defensa que constituye la fuerza implorante de los gemidos y el llanto del recién nacido´. No se debe desconocer que destruir a un embrión humano significa impedir el nacimiento de un ser humano”.
“Se debe reafirmar también que no hay excusa que justifique tal atentado: ni el hecho de ser producto de una violación, ni el riesgo de salud de la madre, ni la circunstancia de ser hijo de una mujer demente, ni la inviabilidad de la criatura, ni las enfermedades con las que podría venir al mundo, ni las carencias económicas o afectivas de que podría ser potencial víctima, porque en todas estas circunstancias existe un derecho, el primero, porque es fuente y origen de todos los demás. Es el derecho inherente y fundamental de toda persona: el derecho humano a la vida”.
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NOTIVIDA, Año XI, Nº 789, 10 de noviembre de 2011
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com

10 de Noviembre: No permitamos que destruyan la tradición argentina desnaturalizando la familia

Agradecemos al sitio "Argentina, señorío y esplendor"
las ideas e imagen que aquí publicamos
Bastión del Norte por la familia y la vida
ARGENTINA, SEÑORIO Y ESPLENDOR

lunes, 7 de noviembre de 2011

Aguilares, primera ciudad pro vida de Tucumán

La ciudad tucumana de Aguilares es “Pro-Vida”  
Aguilares (Tucumán), 7 Nov. 11 (AICA) 
 

Acto de nombramiento de Aguilares como ciudad "Pro-Vida".
El intendente de Aguilares, Agustín Fernández, firmó el decreto que declara a la ciudad tucumana como “Pro Vida”, la primera de la provincia.

     Esta declaración se dio a consecuencia de la nota presentada por el licenciado Carlos Bulacios, del Concejo Nacional de la Acción Católica Argentina (ACA), el Concejo Pastoral Parroquial de la parroquia Nuestra Señora del Carmen y el presbítero Juan Rodolfo Apud, párroco de la ciudad, solicitando dicha declaración, fundamentando el respeto a la vida desde su concepción hasta la muerte natural.
     El sábado 29 de octubre, el intendente y los miembros del Concejo Deliberante entregaron la resolución favorable de la declaración solicitada en el marco de la “Maratón por la vida”.
     La resolución Nº 190/11 asegura que el principio fundamental que quiere defender es “el del respeto a la vida desde su concepción hasta la muerte natural; matar al niño recién concebido que no puede defenderse o al anciano que ya no puede valerse de sí mismo, es lo mismo que matar en cualquier otra etapa de la vida humana”.
     El decreto también señala que “el derecho a la vida es un valor supremo, sin el cual, otro derecho, valor o privilegio resulta secundario” y agrega “es nuestro deber defender la vida, especialmente de los más vulnerables e indefensos, como es el no nacido, señalando insistentemente su status de personas humana que es inalienable. Ninguna legitimación jurídica hay, ni puede haber, en la matanza de las vida en gestación”.
     El obispo de Concepción, monseñor Armando José María Rossi OP, recibió con alegría el nombramiento y decidió promover esta iniciativa para toda la diócesis.
     Por otro lado, el hospital regional de Concepción, que abarca a todo el sur de la provincia, ya formuló una declaración en contra del aborto.


 ¡Bien por Aguilares!
 


domingo, 6 de noviembre de 2011

Riojanos por la Familia y la Vida - Red Federal de Familias La Rioja

Unase a nosotros para recolectar firmas para la IP, Iniciativa Popular de la
Red Federal de Familias, para la LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LA FAMILIA
Escríbanos a riojanos.por.la.familia@gmail.com
La Familia y el niño por nacer necesitan de su dedicación - Dios y la Ssma. Virgen lo recompensarán con creces

jueves, 3 de noviembre de 2011

Con fundamentos naturales y de Fe, la Red Federal de Familias dice No al aborto


NOTIVIDA, Año XI, Nº 783, 30 de octubre de 2011
ABORTO: DECLARACIÓN DE LA RED FEDERAL DE FAMILIAS
La Red Federal de Familias (RFF), con presencia en 21 provincias argentinas, se expidió hoy sobre el aborto provocado con miras al debate que se inicia en el país.
La Declaración menciona la irrefutable evidencia científica sobre el inicio de la vida, destaca la dignidad inherente a la persona humana y resalta el deber moral de respetar “la vida de todo ser humano, de toda persona humana inocente”.
Tras puntualizar el rol del Estado, deduce que “el Estado no puede permitir el aborto sin atentar gravemente contra su propia razón de ser”. Expone después un argumento de fe en el que explica que los niños no nacidos no son sólo animales racionales, sino también “seres creados a imagen y semejanza de Dios”, enfatizando que este argumento “no se opone ni contradice la razón humana”, por el contrario, “complementa y perfecciona lo anterior”.
Reclama de los políticos “que tengan el coraje de defender la vida humana desde el instante mismo de la concepción y hasta la muerte natural”, pidiéndole a los legisladores en particular “que apoyen el proyecto de ley de protección integral de los derechos humanos de la mujer embarazada y de los niños por nacer” (expte. 8516-D-2010) que la RFF impulsa.  
Convocan finalmente a todos los que comparten sus principios “a trabajar con decisión y vigor para evitar, concretamente, que matar a un niño por nacer sea legal e impune en la Argentina”.
A continuación el texto completo de la Declaración:
DECLARACIÓN SOBRE EL ABORTO
La sociedad argentina presenta hoy una situación de crisis por los distintos factores y poderes que la sacuden con grave riesgo de sostenimiento de su cultura tradicional. Uno de los aspectos más atacados es el matrimonio y su familia.
El intento de despenalización del aborto presentándolo como un derecho, vulnera desde su raíz la base estructural de nuestra sociedad, demuele sus principios y conduce a un suicidio social.
Por lo que…
LA RED FEDERAL DE FAMILIAS FRENTE AL DEBATE EN LA NACIÓN SOBRE EL ABORTO PROVOCADO, DECLARA:
—     La citología, embriología, genética y biología molecular modernas no dejan duda acerca de la verdad científica de que el embrión humano es un ser humano desde su concepción. No tiene valor científico la tesis pro-abortista de que el embrión (y luego el feto) es parte del cuerpo de la mujer embarazada. En la concepción surge un nuevo individuo de la especie humana, un ser humano distinto del padre y de la madre, único e irrepetible, capaz de desarrollarse de un modo gradual, continuo y autónomo. El embrión humano no es un ser humano en potencia, ya es un ser humano total, aunque pequeño en tamaño.
—     Todo ser humano también es persona humana, tiene toda la dignidad propia de cualquier persona humana y sus derechos inalienables, en especial el derecho a la vida.
—     Existe el deber moral de respetar la vida de todo ser humano, de toda persona humana inocente y en especial, el más inocente: el embrión; por lo tanto el aborto, por ser la eliminación deliberada de un ser humano inocente, es un crimen abominable.
—     Dado que existe el deber moral de respetar la vida humana, existe también el derecho humano a la vida. El Estado está para cuidar y promover el bien común de la sociedad y para ello, ante todo, debe defender los derechos humanos, en particular el derecho a la vida, necesario para poder ejercer todos los demás derechos humanos. De aquí se deduce que el Estado no puede permitir el aborto sin atentar gravemente contra su propia razón de ser. Por lo tanto el Estado debe prohibir el aborto y también debe penalizarlo adecuadamente.
—     Nuestra fe sobrenatural nos impulsa a reconocer a los niños no nacidos no sólo como animales racionales, sino también como seres creados a imagen y semejanza de Dios, llamados a ser hijos de Dios, fuente de toda razón y justicia. La Palabra de Dios no se opone ni contradice la razón humana, por el contrario, la afirma. El argumento de fe expuesto complementa y perfecciona los argumentos expresados con anterioridad.
En el Congreso de la Nación está a punto de dar comienzo el debate que pretende la despenalización del aborto y el reconocimiento de su práctica como derecho propio de la mujer embarazada.
La Red Federal de Familias pide y reclama a los políticos, legisladores y autoridades públicas, en concordancia con las peticiones elevadas por otros medios, que tengan el coraje de defender la vida humana desde el instante mismo de la concepción y hasta la muerte natural.
Convocamos a todos aquellos que, como nosotros, están convencidos de que la defensa de la vida y de la dignidad del hombre, en todas las etapas de su existencia, es esencial para la subsistencia de nuestra condición humana y de nuestra sociedad patria; y los invitamos a trabajar con decisión y vigor para evitar, concretamente, que matar a un niño por nacer sea legal e impune en la Argentina.
A los señores legisladores les pedimos que apoyen el proyecto de ley de protección integral de los derechos humanos de la mujer embarazada y de los niños por nacer, que impulsa la Red Federal de Familias, en trámite en la Cámara de Diputados (expte. 8516-D-2010), que ya cuenta con 30 firmas. Sin desconocer la realidad pero con sentido del bien común, el proyecto se ocupa de ambos (madre e hijo) y brinda soluciones concretas a las penosas situaciones invocadas para justificar el aborto, estipulando, entre otros beneficios, un efectivo sistema de apoyo médico, económico y psicológico a las mujeres que cursen embarazos conflictivos y/o se encuentren en situación de riesgo.
Dado el 30 de octubre de 2011
Nota: los subrayados son de nuestra Redacción
Bastión del Norte por la familia y la vida