viernes, 16 de noviembre de 2012

Alquiler de vientres y sus consecuencias: Ponencia "Gestación por sustitución", de Rosa Zacca

               El alquiler de vientres,  fuente de tragedias - Bastión del Norte por la Familia y la Vida

Continuamos informando a nuestros lectores de los graves peligros que encierra la reforma del Código Civil que se quiere imponer en Argentina, en base a análisis serios y objetivos de especialistas y personas competentes.
Uno de sus peores aspectos es lo que se relaciona con el manejo de embriones humanos, las técnicas fe fertilización "in vitro" y el degradante "alquiler de vientres". El tema es abordado en la ponencia de la Bioq. Rosa Zacca, Directora del Instituto de la Familia y la Vida de la UCA - Salta, presentada en la Audiencia del 9 del cte., que aquí transcribimos.

 
AUDIENCIA PÚBLICA EN SALTA 02-11-2012
GESTACION POR SUSTITUCIÓN
“Ella, la madre adoptiva legal, era pediatra, no tenía óvulos ni podía llevar a cabo el embarazo. Su esposo, bioquímico, podía ser el padre biológico de un hijo. La madre afectivo-legal aceptó que con el semen de su marido se inseminara a otra mujer que además pudiese llevar a cabo el embarazo y luego entregara el hijo a la pareja contratante.
Por 10.000 dólares llegaron a un acuerdo con otra pareja, que a su vez, tenía dos hijos propios. Al principio, el marido de la otra mujer se opuso pero luego aceptó que su mujer fuera inseminada con el semen de otro hombre. La madre biológica –no afectiva- se comprometió por un contrato escrito a que, una vez tenido el parto, recibiría el dinero y entregaría el hijo al padre biológico. Después que la madre biológico-portadora dio a luz, el 27 de marzo de 1986, a una hija completamente sana, la entregó a los “padres adoptivos”. Al día siguiente de haberla dado, la madre biológica entró en una fuerte depresión y pidió a los padres legales que se la dejaran por un período breve de tiempo. Cuando el padre biológico la dejó en custodia por una semana, la mujer aprovechó la ocasión para fugarse con la pequeña Sara[1]. Los padres legales dieron parte a la policía, que luego de varios días de búsqueda encontraron a la niña en Florida. La madre biológica dijo que no la pensaba entregar porque era una auténtica hija suya y no aceptó los 10.000 dólares del contrato. El caso fue al juez, que decidió que la niña volviera a manos del padre afectivo-biológico. Los vericuetos legales del caso se fueron desarrollando de manera muy compleja. En 1.988 “Baby M.” cumplió dos años y la Corte Suprema de Justicia de Nueva Jersey todavía no había decidido quién iba a tener la custodia definitiva de la niña. Finalmente, en marzo de ese año, las estupendas condiciones económicas[2], culturales y sociales del padre biológico y de su espesa pediatra pesaron más en la decisión del juez que el modesto hogar[3] de dos hijos de la madre biológica y de su esposo plomero, de escaso nivel cultural. Se decidió entonces que “Baby M:” pasara a manos del padre biológico y que la madre biológica pudiera visitarla sólo en algunas ocasiones especialmente reglamentadas por la Justicia. Hasta aquí la historia verídica del célebre caso de “Baby M:” de los Estados Unidos.[4]
El proyecto de nuevo Código Civil que discute el Congreso Argentino incorpora la polémica figura del alquiler de vientre en su artículo 562. Para justificar la medida se afirma que no se trata de un “alquiler” sino de una “gestación por sustitución” y que el inciso f de dicho artículo establece como requisito para la homologación judicial que “la gestante no ha recibido retribución”. El proyecto dice “hasta la homologación judicial”… y luego de ella?
No es tan claro que la mujer no vaya a cobrar nada. En un artículo publicado por la Dra. Eleonora Lamm en el que se comenta el proyecto se afirma: “La gestante no puede recibir retribución, lo que no impide que sí puede ser compensada. La ley especial deberá determinar el contenido de esta compensación luego de un debate ético y responsable, que contemple todos los asistida en el Anteproyecto de Código Civil”, Jurisprudencia Argentina, Número especial, 2012-II, p. 83).
Pero, analicemos antes qué comporta la maternidad subrogada o gestación por sustitución o lo que comúnmente se llama el alquiler de vientre.  Se habla de esta realidad cuando se contrata o se conviene con una mujer para que lleve el embarazo con la intención de entregar el niño o la niña que va a nacer a la pareja que lo ha encargado.
En qué casos puede darse?
·        Por ejemplo en un matrimonio o pareja en el que ambos son fértiles, pero ella carece de útero o éste no es apto para soportar hasta el final el embarazo.
·        Otro caso puede darse cuando la madre subrogada sea inseminada artificial o naturalmente con espermatozoides del marido y continúe en ella la gestación, con el compromiso de entregar al niño al nacer.
·        Es conocido también el caso de tantas artistas o mujeres que por su profesión prefieren que su cuerpo “no se deforme” y su hijo crezca en un vientre ajeno.
·        Por último, hay que decir que la insistencia en incluir esta figura en el nuevo Código civil se debe a la pretensión de permitir y facilitar a las parejas del mismo sexo tener hijos.
La maternidad subrogada degrada el proceso de gestación en el que se introduce el engaño: el feto se relaciona vitalmente con la que no es su verdadera madre; el embarazo queda reducido a un pacto o una mera función de productividad rentable (ya hemos conocido casos publicitados en nuestro país). La gestante, o se entrega al embarazo con alma y corazón, asumiendo afectivamente las responsabilidades de la maternidad, contra los intereses de la madre contratante, o se comporta de forma mecánica y calculada contra los derechos inalienables de dedicación y afecto que el niño necesita ya en el seno materno (y que todos nosotros recibimos de nuestra madre).
Al nacer el niño es entregado a la pareja contratante como un objeto de propiedad previamente pactado. La madre de alquiler se convierte en una especie de incubadora humana limitándose a producir niños para otros… tantas veces por necesidad! Alquilan su cuerpo como si fuera un departamento económicamente rentable.  Pero están los intereses del niño que va a nacer, los cuales son sistemáticamente olvidados a favor de los intereses o deseos de los adultos.
Muchos pretenden que la maternidad sustitutiva sea una forma más de remediar el problema de la esterilidad de ciertas parejas, incluida la imposibilidad de engendrar que poseen las parejas homosexuales. Pero esta presunta solución es objetivamente falsa. Por otra parte, la capacidad genética de las personas no puede ser objeto de transacciones. Ni la maternidad humana se ha de considerar como un asunto de transacción en el que se negocia considerando al hijo que va a nacer como un objeto al que se le pone precio.
Esta práctica constituye un atentado contra la naturaleza del matrimonio, la fidelidad conyugal, a la dignidad de la misma procreación humana  y la dignidad del hijo,  privado arbitrariamente de su derecho natural a sus propios padres (quizás sin poder conocer jamás su identidad genética), además de las consecuencias sociales, legales y culturales que acarrean.
Al respecto nos preguntamos: ¿Estos problemas se resuelven éticamente con una simple legislación que limite la arbitrariedad de los contratos? ¿No estamos tocando algo que tiene un significado que va más allá que el de los contratos justos? ¿Tiene lo biológico algún significado para el juicio ético y jurídico de la paternidad-maternidad? ¿Existe algún límite para que el deseo de ser padres tenga que convertirse en derecho? ¿Basta que se legisle sobre los derechos mutuos cuando se contrata un vientre para que la dignidad humana quede protegida? ¿la reglamentación de un contrato de embarazo por encargo preserva la dignidad de la mujer?
Todavía más, nos preguntamos si es lícito legislar sobre cuestiones tan fundamentales como las técnicas de fecundación artificial en general y la maternidad subrogada en particular sin que medie un amplio debate ético y social, con grandeza de ánimo y búsqueda del verdadero bien común, haciendo prevalecer el superior interés de los más pequeños e indefensos de nuestra sociedad.



Bioq. Rosa Zacca

Es Bioquímica por la UNT.
Maestrando en Etica Biomédica por la UCA.
Directora del Instituto de la Familia y la Vida de la UCASAL.


[1] La madre biológica le puso como nombre Sara, pero el padre biológico la llamó Melissa (de ahí el nombre “Baby M:”)
[2] El padre biológico ganaba U$S 43.000 al año mientras que su esposa pediatra ganaba U$S 48.000
[3] El esposo de la madre biológica ganaba sólo U$S 28.000 como sanitario.
[4] Tarragó, Omar França. Bioética en el principio de la vida. Pág. 168 ss. Paulinas. 2008.

 

martes, 13 de noviembre de 2012

Reforma del Código Civil: total rechazo en Salta - Ponencia: "Desde el sentido común, no se puede aceptar esta REVOLUCION IDEOLOGICA"


 

BASTION DEL NORTE POR LA FAMILIA Y LA VIDA continúa con la publicación de ponencias que expresan el rechazo que nuestro pueblo, mayoritariamente católico, siente por esta Reforma. 
Tal rechazo se expresó con gran brillo y firmeza en las audiencias de Salta, el 9 del cte., al punto que el  Sr. Diputado Alfredo Dato (Tucumán) felicitó a los salteños por su notable y poco común participación, que incluyó a muchos jóvenes, entre ellos alumnas de colegios secundarios .
La casi totalidad de expositores se manifestaron categóricamente en contra de la Reforma, con excepción de un grupo de personas interesadas en recibir tierras gratuitamente, asesoradas por "influyentes". Quienes se presentaron desinteresadamente lo hicieron movidos por el amor a la patria y -casi todos- a sus convicciones católicas. Con gallardía y agudeza, que constituyen una promesa para la Argentina, más allá de las maniobras de los empecinados y poderosos enemigos de la familia y la vida.

La presente ponencia, de María Garda, aborda el tema desde un pilar irrefutable: el SENTIDO COMUN del verdadero argentino.
Agradezco la oportunidad de dar mi opinión frente a la reforma
propuesta para el Código Civil y quiero manifestar mi más profundo
rechazo.
Desde el SENTIDO COMUN, no se puede aceptar esta
REVOLUCION IDEOLOGICA, encubierta por el poder que nos
gobierna y que se pretende bajo un marco de legalidad, que no nos
permita , a quienes NO estamos de acuerdo defender nuestros
derechos, porque tal refundación del SER NACIONAL no fue
anticipada y los legisladores no recibieron nuestro apoyo para esta
REFORMA
Detrás de los cambios sociales avalados hay un corte profundo con la
ARGENTINA que conocemos y queremos. Hay nuevos y opuestos
conceptos de PERSONA, de DERECHOS, de INSTITUCIONES, de
RELACIONES SOCIALES, de MORALIDAD, de PODER
ECONOMICO, del VALOR de la VIDA… todo ello bajo una ideología
que nos exige adaptarnos a cambios profundos que nadie pidió.
Las minoras ideologizadas imponen sus ideas violentando nuestras
conciencias, empujando a enfrentamientos innecesarios entre
argentinos
Además el vaciamiento de los contenidos tradicionales como se ve en la
ideología de GENERO, que trae una INGENIERIA SOCIAL
antinatural, pero legal, que nos condiciona como sociedad a las
imprevistas consecuencias que se pretenden solucionar con este código
como ser EL ALQUILER de VIENTRES, que viene a romper la
pretendida uniformidad e igualdad entre sexos… porque se distingue
con claridad que no se alquila el vientre de un varón ni de un
transexual, a quienes se los iguala para los matrimonios pero distingue
aquí Y lejos de valorar la feminidad en materia de maternidad natural
se la COSIFICA haciendo del cuerpo femenino un objeto negociable.
Quizás no sepan que no se puede alquilar un VIENTRE sin involucrar
la totalidad de la PERSONA, su entorno, su futuro y el futuro del
inocente gestado, comprado e implantado, en una MADRE.
Desconocen los elementales tratados de psicología, voluntaria o
involuntariamente, porque la unión o rechazo entre la madre y el niño
en gestación afecta el desarrollo normal de una persona…
¿ Dónde están los estudios serios que avalen estas posturas
antinaturales? ¿Dónde las previsiones si el hijo sufre trastornos, si los
“padres compradores se divorcian, si la madre lo retiene, si el niño no
es como se deseaba? ¿Cómo no pensar que tales trastornos afectaran
para siempre su persona y nadie lo protegerá?
Los cambios propuestos para el rol natural de la FAMILIA
desestabiliza la sociedad y favorece el egoismo irresponsable. El
MATRIMONIO pasa a ser una parodia que justifica la antinatalidad y
nos dara una generación de CIUDADANOS-VICTIMAS que
desconocerán el amor responsable, el arraigo, la autoridad legítima de
sus padres, las estructuras de la VERDADERA IDENTIDAD que los
lleva a amar lo propio. Pero a ellos se les exigirá que sean virtuosos,
positivos, prósperos, que den de sí lo mejor, cuando son fruto de la
inestabilidad, del desorden, del egoismo sin límites, quizas de la
violencia, de vicios…
Esto no es invento mio, lean los motivos psicologicos de las tendencias a
la autodestrucción, la violencia, la irresponsabilidad, leanlo en
cualquier manual básico de psicología.
Como es legal el matrimonio entre homosexuales que por naturaleza es
estéril, se hace legal la adopción y SE NIEGA POR LEY LA
IDENTIDAD BIOLOGICA del hijo, si esto no es IDEOLOGIA … lo
veremos cuando estos niños pongan a los legisladores en el banquillo de
acusados por negarles su identidad, Nada aprendimos en estos años.
Esta SOCIEDAD antinatural, producto de una inventada
INGENIERIA SOCIAL necesita VALVULAS de ESCAPE por eso
se acepta el ABORTO EXPRESS, donde se libera al violador, se
complica a la victima, con decisiones apresuradas que marcaran su
vida , se mata al inocente, se compromete a los médicos, sin objeción de
conciencia y aún de su ciencia. Se atenta contra la constitución, contra
los pactos, contra la lógica y ¿ nos tenemos que callar porque se
legaliza? A estos legisladores no se les puede dar el destino de la
PATRIA .
Podría marcar miles de errores más, que ya han sido tratados por los
especialistas pero me planto en el SENTIDO COMUN que llama a la
PRUDENCIA frente a la urgencia que se nos impone y por lo que todo
se justifica.
Si es necesaria una REFORMA que sea consensuada, sobre los valores
propios de nuestra nación donde se respete a la VIDA, de la concepción
a la muerte natural, la PERSONA en su integridad, sus derechos
naturales, ser iguales ante la ley
En este Código se desconoce como persona a quien es concebido a
modo artificial hasta que es implantado, pero¿ antes que era…? Esto
tambien es producto de ideología porque asi se pueden tratar a los
embriones como objetos.. ESTO es un NUEVO MODO DE
ESCLAVITUD.
La naturaleza es sabia pero esta ingenieria social NO, por eso no la
apoyo y pido el tiempo necesario para reformar lo lógico.
Nadie nos apura no es un tema que instala la sociedad Y la
manipulación de la que somos objeto los ciudadanos, traerá
consecuencias indeseadas a nuestra nación.
María Garda
Salta
Audiencia pública del 9 de noviembre de 2012 

martes, 16 de octubre de 2012

Reforma del Código Civil "Amo a mi provincia y a mi patria y me aterra pensar que se los destruya, hundiéndolos en el caos..."

SOBRE LA PROPUESTA DE REFORMA DEL CODIGO CIVIL:
LA VIDA Y LA FAMILIA
Ponencia I de II de Riojanos por la Familia y la Vida
Audiencia pública : 15 de octubre de 2012

Soy mujer. Soy casada. Soy católica. Amo a mi provincia y a mi patria y me aterra pensar que se los destruya, hundiéndolos en el caos político, civil y moral.
Estas afirmaciones surgen de la lectura del proyecto de reforma de nuestro Código Civil tradicional. Tengo contacto asiduo con gente de todo tipo, hablo del tema, pregunto lo que piensan. Todavía no encontré en los medios que frecuento, quienes, con mayor o menor conocimiento de detalles, estén de acuerdo con las propuestas.
Nadie quiere llevar sobre su conciencia el peso de apoyar inventos, experimentos y manipuleo con células vivas de seres humanos, que se congelan y descongelan como si fueran cosas, para fabricar personas, sabiendo o no de quiénes provienen. 
La ciencia y la técnica no han encontrado, ni encontrarán, los medios para reemplazar lo insustituible que Dios ha creado.
Para que nazca un niño, hacen falta un padre y una madre que aporten sus gametos. Cuando éstos se unen, se produce el milagro de  convertirse en un ser humano, en un hijo de Dios. Recién formado se le llama embrión. “Embriones congelados” es lo mismo que  “personas congeladas”. Produce escalofríos, da mucho temor.
Una vez constituido el embrión comienza a desarrollarse un ser humano cuando está en el vientre de la mujer, no in vitro. Si está vivo es persona, si se lo elimina, se comete un asesinato.
No depende de si el embrión es concebido en matrimonio o no, pero debe ser por un acto natural. Si es “producido” en un laboratorio, entre tubos de vidrio y allí  lo mantienen como si fuera una cosa, ¿qué se hizo de la dignidad de ese ser humano? ¿No creen que desde el comienzo de la vida hay derechos humanos para los niños por nacer? ¿A qué tanto hablar de los derechos humanos si no se los van a reconocer a las personas más indefensas?
De la manipulación de embriones al aborto -con nombre suavizado de “embarazo interrumpido”-, hay un solo paso. Aunque no esté incluido en esta reforma, es materia de proyectos y de intentos de aplicación en algunos estados de nuestro país.  Cualquiera sea la situación, incluyendo la gestación por violación,  tan traumatizante y embanderada como un derecho a abortar, ¿cuál es la culpa de esa criatura que no tiene capacidad para defender su vida y es condenada a morir? ¿Acaso no hay cientos de matrimonios que esperan poder adoptar un hijo? ¿Acaso prefieren que la madre tenga libertad para matarlo?
Se piensa igual sobre la eutanasia -dicho con nombre suavizado: “muerte digna”- de la que no sólo se habla sino que se la aplica. La gente quiere asistir con todo su amor hasta el último momento a su ser querido; si lo mata, es que no lo ama. ¿Quién quiere matar a su madre, a su padre, a su hermano?, tan solo un malhechor o un inconsciente.
El noventa por ciento de los argentinos somos cristianos. Como tales -practicantes activos o no- sabemos que el dueño de la vida es Dios, El la da y El la quita. No es un legislador, un gobernante, un médico o un ciudadano cualquiera quien dispone, ni una ley civil.
Estas cuestiones son deshumanizantes, son propias de un régimen ateo, dictatorial y perverso. Tengamos cuidado.

En cuanto a la “gestación asistida”, en la propuesta, es tal la cantidad de situaciones que se presentan, confusas y pesadas, que resulta por demás embarazoso y doloroso. Dejamos el análisis detallado para los juristas, y que ellos señalen los defectos que contienen. Ya lo han estudiado muchos, en trabajos bien basamentados,  bien pensados, que por justicia deben ser conocidos y atendidos por los que proponen la reforma del Código.
Queda claro hacia donde apuntan muchos de sus ítems: facilitar hijos a las parejas del mismo sexo. También queda claro que el pobre niño, que no eligió eso, deberá sufrir problemas psíquicos y educativos propios, además de los problemas de los “padres” o “madres” que podrá llegar a tener: uno, dos, tres, cuatro y hasta cinco padres y/o madres, de acuerdo a la suerte que le toque (art. 562 “gestación por sustitución”). También puede ser huérfano, si es que nació de un embrión “producido” en laboratorio, por la unión de gametos que fueron congelados, obtenidos de personas que luego murieron (art. 562 “filiación post mortem”).
(Pedimos oraciones por esos niños y que su Angel de la Guarda los ampare).

La familia. ¡Pobre familia! La semilla de su mal comenzó a crecer con la legalización del divorcio.   Y tomó fuerza en un cuerpo endeble por la acción de la droga diaria de ciertos programas televisivos, músicas ensordecedoras y/o sensuales con letras degradantes, modas y modos de vida impuestos por la “modernidad”, y otros males.
Con las ideas ya bastante cambiadas, que debilitan el cuerpo social de familias en el que las personas nacen, crecen y dan fruto,  puede recibir el golpe de gracia si se aplica la reforma del Código Civil Argentino que se propone. ¡Ojalá pudiéramos estar orgullosos de una reforma que nos haga mejores y dignifique la nación!  Pero es lo contrario: entraría un cáncer en ese cuerpo ya debilitado, que terminaría por liquidar lo bueno que le queda.
Veamos algunos ejemplos:

+El natural matrimonio como Dios manda es de varón y mujer, con capacidad de procrear, y deben hacerlo por mandato del Creador para la multiplicación de la especie humana; hoy tiene la misma validez que un “matrimonio” entre personas del mismo sexo, con iguales derechos. Salvo la “insignificante” diferencia de que no pueden procrear (Y se les está enseñando a nuestros niños en las escuelas, según consta en la “Cartilla de educación sexual” del Ministerio de Educación de la Nación, que hay tres modelos de familia: “varón y varón”, “mujer y mujer”, “varón y mujer”, ilustrada con dibujos pésimos, y dista  de ser formativa, ni ética ni estéticamente).
Para subsanar el “error” del Creador de no permitirles procrear, los científicos inventaron las técnicas y procedimientos de las que ya hemos hablado, para satisfacción de los del “matrimonio igualitario”. En muchísimos casos los embriones  humanos sufren  un trato degradante en los laboratorios. La propuesta elimina el “cuándo” comienzan los deberes y obligaciones de los “progenitores”: la concepción. De ese modo se liberan de obstáculos para poder manipular, seleccionar, congelar, descartar o destruir los embriones hasta el momento de la implantación.
Eliminar vidas humanas de ese modo, sería legal con la reforma.                                                                                                

+La unión estable del matrimonio se convertiría en “transitoria”, “sin deber de fidelidad”; otorgaría a los cónyuges “libertad, en la construcción, vida y ruptura matrimonial”.

+La terminología “patria potestad” es cambiada por “responsabilidad parental”, y los “padres” son reemplazados por “progenitores”. El espíritu democratizante que se da a la familia, aunque conserva la idea de deberes y derechos con respecto a los hijos, a éstos les daría mayor libertad ante la autoridad de sus padres, que son los responsables de su vida en todo sentido; mas otras normas que ya están vigentes, en la misma línea.

Estos solos ejemplos valen para afirmar que, como un cáncer, el caos tomaría cuenta de la nación y destruiría el cuerpo social si el proyecto se aprobara y aplicara. Los males que contiene son muchos más.

Señores legisladores, Señores del gobierno, no dudamos que tendrán en cuenta estas opiniones, para eso las piden. Aquí está nuestro aporte, esperamos ser oídos y respetados como ciudadanos argentinos pensantes y responsables, que hemos dado mucho, todo lo que pudimos, por la  vida, por la familia y por el bien común,
Cordialmente

La Rioja
Octubre de 2012



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jueves, 6 de septiembre de 2012

Genera rechazo la insólita propuesta de la APDH contra la Virgen del Carmen de Cuyo

Foto: Gentileza de Diego Pérez/Los Andes

Carta del Dr. Ricardo Curutchet (San Rafael/Mendoza)
a la "Asamblea Permanente por los 'Derechos Humanos' "
Los destaques en el texto son de nuestra Redacción


"No es hollando las viejas costumbres o atacando las arraigadas creencias de los pueblos como se defienden los derechos humanos..."

 
San Rafael, Provincia de Mendoza, 5 de septiembre de 2012.

Señor
Presidente de la Filial San Rafael
de la Asociación Civil
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos,
D. Ricardo Ermili.

De nuestra consideración:

                                        Hemos tomado conocimiento de la nota que la filial de la A.P.D.H. que Ud. preside ha dirigido a la Directora General de Escuelas de la Provincia de Mendoza en la cual, entre otras cosas, piden que se suprima la conmemoración del “Día de la Virgen del Carmen de Cuyo” prevista para el día 8 de septiembre por el Calendario Escolar (conf.: Res. n° 683-DGE-2012).

                                        Nos interesa destacar que la celebración del día de la Virgen del Carmen de Cuyo no se origina en esa Resolución que ustedes cuestionan, sino que remonta a tiempos muy remotos, a casi cinco siglos de historia.

                                        La devoción a la Santísima Virgen María arraigó inmediatamente en los pueblos originarios de América, como lo demuestra con creces la que se tiene a la Virgen de Guadalupe, en México, desde los primeros años del siglo XVI; y como lo prueba la extendida devoción a la Virgen del Carmen, especialmente en toda la región del sur andino.

                                        Desconocer la legitimidad y libertad de esa adhesión multisecular implicaría una injusta discriminación y un manifiesto desprecio respecto de la capacidad intelectual y madurez de quienes rinden culto a la Virgen María como Madre de Dios y la tienen a su vez como protectora y madre suya. En todo lo cual, suponemos, ustedes no habrán querido incurrir.

                                        En Mendoza, el culto a la imagen y advocación que ustedes cuestionan se vincula directamente a la donación hecha por don Pedro de Núñez, a principios del siglo XVIII y se mantuvo a lo largo de los años, hasta hoy.

                                        Fue el Libertador, don José de San Martín, quien la eligió Generala del Ejército de los Andes, no por un capricho o gusto personal sino porque casi todos los soldados de su tropa llevaban el escapulario carmelitano. Soldados, todos ellos, hijos de nuestra tierra y capaces, como de hecho lo hicieron muchísimos de ellos, de dar libremente la vida por ella.

                                        Fue esa imagen la que sostuvo el bastón de mando de don José y fue ella la que recibió las banderas capturadas al enemigo en la batalla. De la Santísima Virgen es de quien dijo el general San Martín que “el auxilio y la protección que ha prestado al Ejército de los Andes su Patrona y Generala la Virgen del Carmen son demasiado visibles...”

                                        Ella es la que, actualmente, como lo muestra la imagen que colocamos en el encabezamiento de esta nota, se orna y luce con las banderas de las tres naciones cuya independencia fue asegurada por la heroica gesta del Ejército de los Andes, nacido en Cuyo, a la sombra de nuestra cordillera, en signo de la fraternidad americana cuyo logro tanto nos apremia para el bien de nuestros pueblos.

                                        Es esa misma imagen la que recibió la corona de oro que le otorgó el papa san Pío X el 8 de septiembre de 1911, en recuerdo de cuya solemnidad se estableció esta conmemoración que ustedes cuestionan.

                                        La historia de nuestra patria Argentina y de las naciones de la América hispana y lusitana está íntimamente vinculada a la Iglesia Católica que ha contribuido a su nacimiento y formación aportándole no sólo el invalorable tesoro de su Fe, sus sacramentos y su culto, sino los valores morales que constituyen el núcleo medular de su cultura, de sus costumbres, de sus tradiciones y de sus instituciones familiares, sociales y políticas. Quiten ustedes, a título de hipotético ejercicio de la inteligencia, todo lo aportado por la Iglesia y verán, si honradamente lo consideran, que nada o casi nada queda en pie, de todo lo que ustedes dicen defender, como pretensos abanderados de los derechos humanos.

                                        Es consustancial a la Iglesia Católica el culto de especial veneración a la Madre de Nuestro Señor Jesucristo, hijo verdadero de Dios y hombre verdadero, por cuya Sangre hemos sido redimidos. Nuestro pueblo así lo entendió y así lo ha practicado, desde que fue conocido en esta tierra el anuncio de la buena nueva que es el Evangelio. Recorran ustedes todos los rincones de nuestra Patria, de norte a sur y de este a oeste, y en todos ellos verán que, aún hoy, la inmensa mayoría de sus hijos ama y venera a quien tienen por su Madre.

                                        También los hijos de los inmigrantes, que enriquecieron nuestra raza, pero especialmente los hijos originarios de esta tierra y los criollos que en ella se formaron, como podrán verlo en estos días en las fiestas de la Virgen del Milagro de Salta; y como lo verán, si se toman el trabajo de hacerlo con honestidad, en todas las regiones del extenso y variado territorio argentino.

                                        Dentro de ese sentimiento general, que inspira a la inmensa mayoría de nuestro pueblo, aun de aquellos que no practican hoy todos los preceptos de la Iglesia, se inscribe la celebración que ustedes impugnan, como discriminatoria y violatoria de las constituciones de la Nación y de la Provincia de Mendoza.

                                        La supuesta primacía del principio de laicidad que ustedes invocan como fundamento de su reclamo, de ningún modo exige la supresión de homenajes, reconocimientos y culto en razón del respeto de algunas minorías, ínfimas por otra parte, que podrían verse afectadas por ello.

                                        Cualquier efeméride, por aséptica que se considere, es capaz de ofender, molestar o dejar a alguien disconforme, porque así está en la naturaleza de todo consorcio humano libre. Pero tal posibilidad no es suficiente para cohibir su celebración la cual, en el marco de la misma tolerancia que ustedes invocan –y que, más que tal, en un estado laico como el que pregonan, debería llamarse respeto– habrá de hacerse, como siempre se ha hecho, sin reparos, reconociendo el derecho de adherir libremente a su festejo, o de no hacerlo.

                                        Más allá del culto que indudablemente se merece la Madre de Dios y que en esta tierra mendocina se le brinda, desde tiempo inmemorial, bajo la advocación de Nuestra Señora del Carmen de Cuyo, lo cierto es que dicho culto no sólo rinde honor a la verdad sino que se inscribe en el marco de las más hondas, antiguas y amadas tradiciones de nuestra tierra cuyana, tanto o más dignas de respeto que aisladas discrepancias que, por otra parte, libremente podrán eximirse de practicarlo.

                                        No es hollando las viejas costumbres o atacando las arraigadas creencias de los pueblos como se defienden los derechos humanos, que no fueron inventados ni hoy ni por ustedes; y cuyos principios no fueron extraídos de modernas sentinas ideológicas, sino que fueron incorporados a la civilización occidental, de uno y otro lado del océano, al comienzo de nuestra era, por el cristianismo y por su Iglesia.

                                        No hay un solo principio, de los que ustedes dicen defender, que no haya sido postulado y definido por la doctrina católica y, entre ellos, brilla por su riqueza y novedad el respeto y el amor a la mujer –ajeno tanto a la cultura pagana del mundo asiático y europeo, como a las también paganas y en muchos casos brutales culturas de esta tierra americana–, expresado de manera sublime en el culto a la excelsa Madre de Dios, María Santísima.

                                        A quien nosotros, en Cuyo y en este particular rincón cuyano de San Rafael, tan lleno de sus advocaciones –de Lourdes y de Fátima, de la Inmaculada Concepción y del Valle, de Luján, de la Asunción, de los Dolores, del Carmen, del Rosario y del Perpetuo Socorro, del Rosario de San Nicolás, de María Auxiliadora y de la Merced– imágenes y devociones, en iglesias, ermitas y monumentos, veneramos de manera especial bajo el glorioso y tradicional título de Nuestra Señora del Carmen de Cuyo, patrona y madre de nuestra tierra y custodia de las más inmortales páginas de nuestra historia.

                                        Veneramos y queremos seguir honrando, especialmente en nuestras escuelas y con nuestros niños, vástagos de esa tradición que no queremos que se pierda ni se mancille y que no permitiremos que así ocurra.

                                        Esperamos que sepan ustedes entender nuestra posición y reconocer que ella no responde al antojo de un grupito de exaltados sino al sentir común del pueblo, la defensa de cuyos derechos se arrogan; y que en un acto de honestidad, que nuevamente les exigimos, retiren la petición que han presentado y a cuya atención favorable, como es de toda evidencia, categóricamente nos oponemos.

                                        Atentamente




Ricardo S. Curutchet
Presidente
CIDEPROF
Centro de Investigaciones
de la Problemática Familiar








Ricardo S. Curutchet. D.N.I. n° 8.244.722.
Castelli 411, San Rafael, Mendoza.


martes, 10 de julio de 2012

Soros financia la campaña anticatólica de Obama

NOTICIAS GLOBALES, Año XV. Número 1046, 24/12. Gacetilla n° 1161. Buenos Aires, 09 julio 2012.
1161) USA: SOROS FINANCIA LA CAMPAÑA ANTICATÓLICA DE OBAMA. Fuentes: Propias; Life News, Steven Ertelt; Religión en Libertad; Life Site. Por Juan C. Sanahuja
El sentimentalismo progresista. Ataque a los obispos. Financiación del lobby gay. Aborto y homosexualismo en Perú.
A mismo tiempo que los obispos norteamericanos comenzaban la Quincena por la Libertad (Fortnight for Freedom), que culminó el 4 de julio, en defensa de la libertad religiosa, amenazada por la pretensión del gobierno de Barack Obama de obligar a las instituciones católicas a contratar seguros para sus empleados que incluyan esterilizaciones, anticonceptivos y fármacos abortivos, el financista George Soros ponía en marcha una contra-campaña para apoyar las tiránicas pretensiones del presidente, a través de una organización llamada Faith in Public Life, que él mismo subvenciona y cuyos empleados son “católicos disidentes”.
El sentimentalismo progresista
La campaña de Soros llama a los católicos a desobedecer a los obispos y dar su apoyo al contraception mandate de la Secretaría de Salud del gobierno de Obama. Entre otras falacias, apela a los argumentos sentimentaloides, propios de los “católicos progresistas”, por ejemplo: “¿Está usted dispuesto a sacrificar organizaciones benéficas católicas, colegios y hospitales para salirse con la suya sobre el contraception mandate?”, como si los obispos pudieran cambiar la ley natural y la ley de Dios, que manda no cooperar al mal, es decir, en este caso, a la esterilización, a la anticoncepción, y al aborto por medios químicos; o como si todas esas obras de beneficencia de la Iglesia, no perdieran su razón de ser si no respetan la doctrina católica.
También apelando al sentimentalismo, la propaganda de Soros se dirige a los obispos y a los católicos en general, diciendo: "¿Está usted dispuesto a dejar a todos sus empleados sin seguro de salud?”, cuando es el mismo gobierno el que impone condiciones inaceptables para los católicos y toda persona de buena voluntad, por ejemplo, financiar anticonceptivos, algunos de ellos abortivos.
Ataque a los obispos
Religión en Libertad, recogía el 8 de julio, un artículo que reproducimos a continuación:
“A la asociación laicista Freedom from Religion Foundation (FRF), que financia entre otros el millonario progre George Soros, la encontramos normalmente censurando expresiones de religiosidad popular, como en el caso del belén (Nacimiento, pesebre) de Henderson (Texas).
Ahora quieren censurar también a los obispos norteamericanos, quienes el 4 de julio cerraron la Quincena por la Libertad contra la decisión de Barack Obama de obligar a las instituciones católicas a financiar seguros médicos para sus empleados que cubran anticoncepción (incluyendo métodos abortivos), fecundación in vitro, etc.
Para contrarrestar esta campaña, FRF ha recurrido a una actriz y presentadora de televisión, Julia Sweeney, que ha grabado un spot publicitario de treinta segundos y que ataca directamente a los obispos: "Hola, soy Julia Sweeney y soy culturalmente católica. Ya no soy creyente, e incluso he escrito una obra al respecto titulada Dejando que Dios se vaya. Quiero explicaros que los obispos están planteando su oposición a la cobertura anticonceptiva como un asunto de libertad religiosa. Pero la verdadera amenaza para la libertad son los obispos, que quieren ser libres para imponer su dogma a gente que no lo desea".
El anuncio se va a emitir 1200 veces en las próximas dos semanas a través de distintas cadenas en todo el territorio estadounidense”.
Financiación del lobby gay
Life Site (17-02-12), publicó este año, que el euro-diputado británico, Godfrey Bloom, dio a conocer que la International Gay and Lesbian Association (ILGA-Europa), recibía 2/3 de su presupuesto operativo directamente de la Comisión Europea. Bloom, declaró que, por lo tanto, el grupo recibe un total de 70 por ciento de su financiación de los contribuyentes europeos.
Bloom, además, señaló que las cifras publicadas por ILGA para 2011, decían que, el 67,7% de los € 1.824.000 de su presupuesto, procedían de subvenciones de la Comisión Europea. Otros € 50.000 del Gobierno holandés y de los restantes € 521.400, el grupo recibió un total de € 402.400 de tres personas: George Soros, Sigrid Rausing y un donante anónimo; de lo restante no se daba explicación. (Vid. también NG 1160)
Aborto y homosexualismo en Perú

Vid.:
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martes, 5 de junio de 2012

¡Felicitaciones a los tucumanos que se jugaron por la vida!

Tucumán, Argentina
ABORTO: TUCUMÁN SE PLANTA ANTE LA CORTE
La inviolabilidad de la vida de todo ser humano desde el instante de la concepción es una exigencia elemental de justicia, que en el ordenamiento jurídico argentino ha alcanzado jerarquía constitucional. No hay motivos, de ninguna índole, para “acatar” el “fallo” de la Corte.
Por Ricardo Bach de Chazal

El pasado 13 de marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó la ejecución de un niño por nacer en la Provincia de Chubut y se permitió exhortar a las autoridades nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que implementen y hagan operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no punibles” y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual; y, dirigiéndose al Poder Judicial nacional y a los poderes judiciales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, les requirió abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles “previstos legalmente”. Dichas exhortaciones han comenzado a dar frutos amargos en algunas de las Provincias donde, por vía legislativa o por actos de los poderes ejecutivos locales se han ido dictando distintas variantes -más o menos amplias o restrictivas, según los casos- de protocolos de la muerte, ordenados a sistematizar la eliminación de niños por nacer en los mal llamados casos de “abortos no punibles”.
Hay en ello un “efecto cascada” provocado por la falsa idea de que hay que “acatar el fallo...”, cuando cualquier estudiante de segundo año de la carrera de derecho sabe –o debería saber- que la justicia que imparten los tribunales es la justicia del caso concreto y la sentencia sólo obliga en el caso respecto del cual se dicta y a aquéllos que han intervenido en condición de parte. El fallo de la Corte no es apto para crear normas generales, porque los Tribunales de Justicia no son órganos de legislación y están inhabilitados por su misma esencia para dictar normas o reglas de esa índole. Además, la Corte es un órgano de naturaleza federal (nacional) y, sea cual fuere el poder al que pertenece (obvio es que pertenece al judicial) carece por esa naturaleza de facultades para imponer reglas generales de actuación a las Provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que el “acatamiento” acrítico de las exhortaciones contenidas en el fallo implica la expresa renuncia al declamado (y nada más que declamado) federalismo y una expresa sumisión al  poder central que, en este caso, burlando el sistema republicano, se vale de la Corte de la Justicia Nacional para imponer sus criterios.
En la Provincia de Tucumán existen legisladores conscientes de esta realidad, que saben que la inviolabilidad de la vida de todo ser humano desde el instante de la concepción es una exigencia elemental de justicia, que en el ordenamiento jurídico argentino ha alcanzado jerarquía constitucional[1], lo cual es reiterado en términos inequívocos en la propia Constitución de la provincia, que en su artículo dice que “Dentro de la esfera de sus atribuciones, la Provincia procurará especialmente que las personas gocen de los siguientes derechos: 1º) A una existencia digna desde la concepción con la debida protección del Estado a su integridad psicofísica con la posibilidad de disponer de una igualdad en las oportunidades…” y que en su artículo 146, último párrafo, dispone que “El Estado garantizará el derecho a la vida desde la concepción.”
Es por ello que en orden a honrar cabalmente esos principios, de justicia y de derecho positivo, han sido presentados en la Legislatura de la Provincia tres proyectos de ley que suscitan nuestra atención.
El primero, de la legisladora radical Silvia Elías de Pérez (Expediente 62-PL-12), con expresa mención de la norma del artículo 40, inciso 1° de la Constitución Provincial, establece en un solo artículo dispositivo la prohibición de que el sistema de salud aplique protocolos para que se practiquen abortos.
El segundo, del legislador Sisto Terán (Expediente 80-PL-12), cofirmado por otros 11 legisladores oficialistas: Roque Tobías Álvarez, Beatriz Ávila, Gerónimo Vargas Aignasse, Ramiro González Navarro, Ramón Graneros, Alfredo Toscazo, José Antonio Teri, José Gutiérrez, Gregorio García Biagosh, Alejandro Martínez y José Orellana. Los alperovichistas ordenan suspender en el ámbito de todo el territorio de la Provincia “la aplicación de cualquier procedimiento administrativo que implique en la práctica desconocer el principio constitucional de reconocimiento y respeto a la vida humana desde el momento de la concepción”.
En cuanto al tercero, presentado por el legislador José Páez (Expediente 75-PL-12), del monobloque de la Democracia Cristiana, se ordena a la protección integral de la mujer embarazada en situación de conflicto, disponiéndose en su artículo 1° que “Se ordena esta ley a la protección de la persona por nacer desde el primer instante de la concepción, entendiendo por tal la fecundación del óvulo humano por el gameto masculino de la misma especie. Dicha protección se efectivizará a través del apoyo material y espiritual a la mujer embarazada en situación de conflicto”.  Por los restantes artículos, se dispone la creación de un fondo Provincial para la Vida administrado por la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (arts. 3 y 5), cuyo destino será el apoyo a la mujer embarazada en situación de conflicto, a través de instituciones públicas o privadas (arts. 6° y 7°), que tendrán como cometido el apoyo material y espiritual de la mujer embarazada en situación de conflicto para que acepte y proteja a su hijo y no interrumpa el proceso gestacional (art. 8°).
Es de esperar que el ejemplo de Tucumán sea imitado en otras jurisdicciones, donde es  nuestro deber exigir que los legisladores verdaderamente comprometidos con la defensa de la vida desde la concepción, adopten una postura clara e inequívoca, alejada de los “malminorismos” con los que, se “matará a menos”, pero, en cualquier caso, siempre quedará alguna víctima inocente en el camino.
¡Felicitaciones a los tucumanos que se jugaron por la vida!
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[1] Entre otros arts. 75, inc. 22 de la Constitución Nacional, 4.1 del Pacto de San José de Costa Rica, 2° de la Ley 23.849, declaración argentina al ratificarse la Convención sobre los Derechos del Niño y artículos 3 y 6 de este último instrumento.
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NOTIVIDA, Año XII, Nº 830, 05 de junio de 2012
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com